A fin de brindar un servicio adicional en favor de aquellas
personas que residen fuera de la Comunidad de Madrid y dentro
de nuestra circunscripción, es decir, domicilios
ubicados en: Castilla La Mancha, Castilla León o
Extremadura o personas que tienen algún impedimento
físico permanente o temporal por razones de salud
y se les dificulte el traslado al Consulado General del
Perú desde su domicilio, se ha puesto a su disposición
un servicio de trámites por correspondencia.
Dado el carácter y valor de la
documentación que será enviada a este Consulado,
se sugiere a las personas tomar las medidas de seguridad
necesarias, a fin de garantizar que los contenidos sean
recibidos por esta Oficina Consular. De igual manera toda
solicitud de trámite deberá incluir un número
teléfonico de contacto ante la eventualidad de
o realizar alguna coordinación con el interesado.
REQUISITOS GENERALES PARA REALIZAR TRAMITES POR CORREO
1) En cada caso, el usuario deberá indicar
la siguiente información y adjuntar lo sellos postales.
| Nombres y apellidos: |
|
| Dirección, indicando código
postal: |
|
| Teléfonos de contacto: |
|
| Dirección electrónica
(no es obligatoria): |
|
| Adjuntar, sellos postales (estampillas)
o sobre franqueado: |
|
2) El solicitante deberá
decidir las medidas de seguridad necesarias a fin de evitar
la pérdida de su documento tramitado. A continuación
le indicamos una tabla donde figura el valor de los sellos
postales (estampillas) o sobre franqueado que deberá
enviar según sea su caso:
ENVIO DE
CORREO CERTIFICADO |
Documento |
Valor de
los sellos postales (estampillas) o del sobre franqueado |
| Pasaporte |
3,50 euros |
| Certificados |
2,50 euros |
| Envío de Documento Nacional de Identidad |
2,50 euros |
| Poderes |
4 euros |
Nota: En caso de solicitar la renovación de un
pasaporte, se recomienda utilizar el servicio de correo
certificado
ENVIO DE
CORREO NORMAL |
Documento |
Valor de
los sellos postales (estampillas) o del sobre franqueado |
| Certificados (hasta 20 gramos) |
0,50 euros |
| Envío de Documento Nacional de Identidad |
0,31 euros |
| Poderes (según peso) |
2 euros |
TRAMITES QUE SE PUEDEN REALIZAR POR CORREO
El presente servicio, se brindará exclusivamente
para los siguientes trámites:
· INSCRIPCION CONSULAR
· LEGALIZACIONES
· CERTIFICACIONES
· RENOVACION DE PASAPORTES
· RENOVACION DE LIBRETAS EMBARCO
· INSCRIPCIÓN DE MATRIMONIO
EN EL REGISTRO CIVIL
INSCRIPCION CONSULAR
Como norma general, la inscripción
consular debe ser solicitada personalmente por los interesados;
sin embargo, en ánimo de brindar un Servicio Consular
cada vez más amplio y eficiente, este Consulado
General admitirá este registro usando la vía
postal o por courier. Sólo en casos excepcionales,
cuando no exista oficina consular de carrera u honoraria
accesible o que residiendo fuera de la Comunidad de Madrid,
tengan serias dificultades para trasladarse hasta nuestra
sede o cuando se encuentren imposibilitados físicamente
por padecer alguna enfermedad; en tales circunstancias,
se procederá la inscripción a través
de correo, para lo cual el interesado deberá acreditar
fehacientemente su nacionalidad, identidad y residencia.
Para ello, en principio, el interesado deberá presentar
un certificado de empadronamiento que demuestre su residencia.
Además deberá aportar los requisitos siguientes:
· Impreso cumplimentado que deberá
estar firmado con impresión de su huella digital
DESCARGAR
ARCHIVO "FICHA DE INSCRIPCION CONSULAR" (PDF)
· Pasaporte peruano, original(*) o fotocopias de
las páginas donde estén los datos
· 1 fotografía, tamaño, pasaporte,
a colores en fondo blanco y de frente, sin prendas
en la cabeza
· 1 fotocopia de Documento Nacional de Identidad
peruano
· Certificado de empadronamiento
(*) Nota: Usualmente, el número de Registro
Consular y su fecha de inscripción, son colocados
en la última página del pasaporte, razón
por la cual, si usted deseara que su inscripción
conste así, deberá enviarnos su pasaporte.
Sin embargo, si usted no desea remitirnos su pasaporte,
estos datos serán colocados en las fotocopias
del pasaporte, las cuales serán devueltas por
correo.
LEGALIZACIONES
A. Legalización de firmas de
autoridades peruanas en partidas de nacimiento, partidas
de matrimonio, partidas de defunción, certificados
de estudios, etc.
REQUISITOS:
· Documento a legalizar en original
· Constancia original de cancelación en
la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto ,
en la que se consigne el nombre de la persona que efectúa
el pago equivalente a 15 euros (Tarifa 21).
· Sólo se legalizarán aquellos documentos
que cuenten con el sello del Ministerio de Relaciones
Exteriores del Perú.
B. Legalización de títulos
expedidos en España (sólo si el titular
acredita nacionalidad peruana)
REQUISITOS:
· Constancia original de cancelación de
importes en la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco
Banesto A en la que se consigne el nombre de la persona
que efectúa el pago equivalente a 0,75 euros (Tarifa
23)
· Documento a legalizar en original, que debe contar
con sello de legalización del Ministerio de Asuntos
Exteriores de España.
C. Legalización de firma de autoridades
españolas (En partidas de nacimiento, fe de vida
y estado civil, compulsas hechas ante notarios españoles,
certificados de trabajo, certificaciones de estudios para
españoles, etc)
REQUISITOS:
· Constancia original de cancelación en
la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto en
la que se consigne el nombre de la persona que efectúa
el pago equivalente a 22,50 euros (Tarifa 22 a)
· Documento a legalizar en original, que debe contar
con sello de legalización del Ministerio de Asuntos
Exteriores de España.
Si se trata de documentos expedidos o
legalizados por notario público español
se debe verificar que:
· La firma del notario se encuentre registrada
en este Consulado General verificar en este link:NNotarios
españoles acreditados en este Consulado
· En caso la firma del notario no se encuentre
registrada en este Consulado General, deberá solicitar
al notario que proporcione un “saluda” (documento
en el que acompaña su firma y solicita se le incluya
en nuestro registro). Caso contrario, deberá legalizar
el documento previamente ante el Colegio de Notarios de
Madrid.
D. Legalización de firmas de
autoridades extranjeras consignadas en poderes otorgados
en el extranjero
REQUISITOS:
· Constancia original de cancelación en
la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto, en
la que se consigne el nombre de la persona que efectúa
el pago equivalente a 45 euros ( Tarifa 22b)
Verificar que:
· La firma de notario se encuentre
registrada en este Consulado General verificar en en este
link: Notarios
españoles acreditados en este Consulado
- En caso la firma del notario no se encuentre registrada
en este Consulado General, deberá solicitar al
notario que proporcione un “saluda” (documento
en el que acompaña su firma y solicita se le incluya
en nuestro registro). Caso contrario, deberá legalizar
el documento previamente ante el Colegio de Notarios de
Madrid.
E. Legalización de firmas de
autoridades extranjeras consignadas en documentos
referidas a personas jurídicas (Actas de constitución
de persona jurídica, modificaciones de sus
estatutos, etc)
REQUISITOS
· Constancia original de cancelación
en la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto,
en la que se consigne el nombre de la persona que efectúa
el pago equivalente a 60 euros (Tarifa 22c)
· Documento a legalizar en original, que debe contar
con sello de legalización del Ministerio de Asuntos
Exteriores de España.
Si se trata de documentos legalizados
por notario español se debe verificar que:
· La firma de notario se encuentre registrada en
este Consulado Genera verificar en el link: Notarios
españoles acreditados en este Consulado
- En caso la firma del notario no se encuentre registrada
en este Consulado General, deberá solicitar al
notario que proporcione un “saluda” (documento
en el que acompaña su firma y solicita se le incluya
en nuestro registro). Caso contrario, deberá legalizar
el documento previamente ante el Colegio de Notarios de
Madrid.
F. Legalización de firmas de
autoridades españolas que aparece en certificados
de origen de mercaderías, de sanidad animal
y de sanidad vegetal
REQUISITOS
· Constancia original de cancelación
en la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto,
en la que se consigne el nombre de la persona que efectúa
el pago equivalente a 37,50 euros (Tarifa 25 a), b) y
c) respectivamente)
· Documento a legalizar en original, que debe contar
con sello de legalización del Ministerio de Asuntos
Exteriores de España.
CERTIFICACIONES
A. Certificados de no obligatoriedad
de publicación de edictos matrimoniales.
REQUISITOS:
· Constancia original de cancelación de
importes en la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco
Banesto en la que se consigne el nombre de la persona
que efectúa el pago equivalente a 18,75 euros (Tarifa
20 b).
B. Certificación de inscripción
consular
Deberá necesariamente adjuntarse:
· Carta simple solicitando el referido certificado
· Fotocopia de la primera página del pasaporte
en la que consta la firma del titular)
· Fotocopia de la última página del
pasaporte en la que figura el número de inscripción
consular.
· Constancia original de cancelación en
la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto, en
la que se consigne el nombre de la persona que efectúa
el pago equivalente a 0,75 euros (Tarifa 58b)
C. Copias certificadas de actos de
estado civil inscritos en Registros de Estado Civil
de la oficina consular (Nacimiento, matrimonio o defunción)
REQUISITOS:
· Fotocopia de la primera página
del pasaporte del solicitante
· Fotocopia de la primera página del pasaporte
de la persona de la cual se solicita la copia de la partida.
· Constancia original de cancelación en
la cuenta 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto, en
la que se consigne el nombre de la persona que efectúa
el pago equivalente a 4,50 euros (Tarifa 3).
RENOVACION DE PASAPORTES
--- EN NINGUN CASO SE PODRA RENOVAR PASAPORTES DE MENORES
DE EDAD POR CORREO POSTAL O COURIER -----
Como norma general, la renovación de pasaportes
debe ser solicitada personalmente por los interesados;
sin embargo, este Consulado General admitirá la
renovación de pasaportes usando la vía postal
o por courier, solo en casos excepcionales, como por ejemplo
al no existir oficina consular de carrera u honoraria
accesible. En tales circunstancias, el recurrente deberá
acreditar fehacientemente su nacionalidad, identidad y
titularidad sobre el pasaporte que desea renovar. Para
ello, en principio, el interesado deberá presentar
un certificado de Fe de Vida que demuestre su existencia
e identidad. Además deberá aportar los requisitos
establecidos para la renovación de pasaportes que
son los siguientes:
Solicitud debidamente firmada con impresión
de su huella digital DESCARGAR
ARCHIVO "SOLICITUD DE RENOVACION DE PASAPORTE PERUANO"
(Archivo word)
· Enviar pasaporte original
· 2 fotografías, tamaño, pasaporte,
a colores en fondo blanco y de frente, sin prendas en
la cabeza
· 1 fotocopia del Documento Nacional de Identidad
peruano por ambos lados
· Certificado “Fe de Vida” expedida
por el Ayuntamiento español más cercano
· Constancia de depósito de pago realizada
en el Banesto correspondiente a los derechos consulares
según el período de renovación que
se desee realizar en el pasaporte:
A) 2 años: 15 euros
B) 5 años: 26,25 euros
C) 1 año: 7,50 euros (tarifa para estudiantes,
requisito obligatorio presentar certificado de estudios)
La cuenta corriente del Consulado es: 0030-1126-44-0001261271
del Banco Banesto
RENOVACION DE LIBRETAS DE EMBARCO
Base legal: El procedimiento para
renovar Libretas de Embarco se encuentra establecido
en el Reglamento de Capitanías y de las Actividades
Marítimas, Fluviales y Lacustres (D.S. 002-87-MA)
Procedimiento: El Artículo
B-030410 de dicha norma legal señala que: "Cuando
un matriculado se encuentre imposibilitado de renovar
su matrícula por encontrarse navegando en el
extranjero, se deberá proceder de la siguiente
manera:
A) Si se encuentra embarcado en una
nave de bandera nacional, la Libreta tendrá
vigencia hasta que retorne a territorio nacional,
debiendo el interesado enviar una comunicación
a la autoridad marítima para mantener vigente
la matrícula.
B) Si se encuentra embarcado en nave
de bandera de otro país, gestionará
la renovación ante el Cónsul peruano
del puerto al que arribe días antes de la fecha
de vencimiento de su matrícula, debiendo presentar
en adición a su solicitud un Certificado de
embarco y otro médico, para que el Cónsul
pueda proceder a comunicar este hecho a la Dirección
General"
De lo anterior se desprende que para
atender el trámite, el interesado deberá
presentar la siguiente documentación:
· Solicitud escrita de renovación
dirigida al Cónsul General del Perú
· Certificado de embarco o carta de la naviera
indicando que el tripulante trabaja para ellos o embarcará
pronto.
· Certificado médico
· Libreta de Embarco original
· Se deberá abonar 18,75 euros, por concepto
de derechos consulares en la cuenta de este Consulado
General, 0030-1126-44-0001261271 del Banco Banesto. Cabe
señalar que se deberá adjuntar a la solicitud
la constancia de ingreso original emitida por Banesto.
INSCRIPCION DE MATRIMONIO
LAS PERSONAS QUE SOLICITEN INSCRIPCIONES EN LOS REGISTROS
CIVILES DE ESTE CONSULADO (NACIMIENTOS, MATRIMONIOS O
DEFUNCIONES) DEBERÁN PRESENTAR SU DNI PERUANO VIGENTE.
ESTE TRAMITE PUEDE SER REALIZADO POR CORREO
- Puede ser solicitado por uno de los
contrayentes, quien debe tener nacionalidad peruana.
- Copia literal de la partida de matrimonio expedida por
el Registro Civil español
- Fotocopias de los documentos de identidad de los contrayentes
- El trámite es gratuito
- Datos de los testigos que participaron en la ceremonia,
indicar nombres, apellidos y nacionalidad
- El trámite puede ser realizado por correo, en
ese caso, deben enviar cumplimentado el siguiente formulario.
Solicitud
de inscripción de matrimonio
REQUISITOS:
·Copia literal de la partida
de matrimonio original (expedida por el Registro Civil
de la localidad en donde se celebró el matrimonio).
·El trámite es personal.
·La inscripción y la primera copia es gratuita.
Si requiere de una copia literal adicional, el costo es
de 4,50 euros (S/C 6).
Importante:
Se informa acerca de la obligación de actualizar
sus datos en el Documento Nacional de Identidad, una vez
registrado el matrimonio
NOTA:
Los importes en euros señalados
para cada tramite podrían variar en el futuro,
por lo que mucho se agradecerá, ante cualquier
duda tomar contacto con este Consulado General en los
teléfonos 915629012/ 915629022.
Teniendo en cuenta que el tipo de cambio
del sol consular a la fecha es de 0.75 euros el cálculo
del monto a cancelar por actuación se ha de efectuar
de acuerdo a la siguiente operación:
Derecho de pago correspondiente al nº
de tarifa (ver tarifario) por tipo de cambio del sol consular
(0,75 euros) = suma a cancelar en el Banesto por actuación.
Los números correspondientes
a las tarifas se encuentran consignados en la “Nueva
tarifa de derechos consulares” a la que puede acceder
en el siguiente: DESCARGAR
ARCHIVO COMPLETO DEL TARIFARIO CONSULAR (Word)
Actualmente este Consulado General se encuentra evaluando
la posibilidad de ampliar este servicio a otros trámites,
para lo cual se viene llevando a cabo las gestiones del
caso con las autoridades peruanas y españolas correspondientes.