Inicio Email Imprimir
 
 



 



RELACIÓN DE PAÍSES QUE NO NECESITAN VISADO Y QUE NECESITAN VISADO


Consideraciones generales:

1. El Cónsul verifica que el beneficiario de la visa reúna los requisitos necesarios para ser acreedor de la misma a través de una entrevista personal, contrastando la información obtenida con la documentación solicitada, aplicando el principio de discrecionalidad reconocidos a los funcionarios consulares (según el art. 360º del Reglamento Consular).

2. El Cónsul podrá denegar el otorgamiento de visas consignada en oficios emitidos por DIGEMIN, si encuentra nuevos elementos o indicios razonables que la visa y calidad migratoria no corresponde a la real intención del solicitante o se hubiese obtenido la autorización con error o fraude a ley.

3. Las visados autorizados por DIGEMIN, tienen una validez para su recojo de 6 meses, contados a partir de la fecha
de su recepción, vencido ese plazo no se pueden expedir las visas, teniendo el interesado que reiniciar su trámite en la
República del Perú.

4. El Consulado General del Perú en Madrid sólo puede entregar visados a ciudadanos españoles y a ciudadanos extranjeros que tengan residencia legal (acreditada con Tarjeta de residencia) en España y Guinea Ecuatorial.

Requisitos generales

1. Pasaporte vigente.
2. Pasaje o reserva de Ida y Vuelta.
3. Pagar la tarifa consular correspondiente.
4. Formulario de solicitud de visado · Llenar formulario de solicitud de visado (llenar en duplicado)
5. Dos fotos tamaño pasaporte fondo blanco a colores.
6. Entrevista personal en la que se deberá solicitar información y contrastarla con la documentación presentada.
7. Certificado negativo de antecedentes policiales.


Requisitos de acuerdo al tipo de visado:

· TURISTA
· NEGOCIOS
· ESTUDIANTE
· PERIODISTA
· RELIGIOSO
· ARTISTA
· TRABAJADOR RESIDENTE


Turista


Además de los consignados en los requisitos generales, presentarán:

1. Reserva de hotel o paquete turístico que evidencie su calidad de Turista.

2. Acreditar solvencia económica que guarde proporción con el tiempo que soliciten para permanecer en el país (v.g. tarjeta de crédito internacional vigente y/o estados bancarios).

3. Costo: 22,50 euros

Importante:

Los súbditos españoles podrán ingresar al Perú sin necesidad de visado por un periodo de hasta 90 días prorrogables, mostrando en el momento de embarcar su pasaporte en vigor y el billete de salida del Perú.

Se puede pedir una prórroga de estancia hasta 90 días más (se debe solicitar cada 30 días cada prórroga, hasta completar los 90 días). Este trámite se realiza en la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior del Perú en Lima, antes de terminar el periodo de estancia autorizado. Al respecto cabe mencionar que, según el Art. 38 de la Ley de Extranjería, los extranjeros admitidos al país con la calidad de turista no podrán obtener en el territorio nacional el cambio de calidad migratoria.


Negocios

Además de los consignados en los requisitos generales, presentarán:

1. Carta de solvencia económica de la empresa extranjera a la que representa durante su permanencia en Perú.

2. Carta de la propia empresa o gremio que lo envía al Perú, (membretada, redactada y/o traducida al español). LLámese Cámara de Comercio, asociación empresarial, organismo públicos o privados, empresa industrial o comercial, preferentemente inscrita en algún gremio empresarial u organismo público competente del país de origen, en la que se
precise el objeto de la visita del extranjero y que cuenta con respaldo económico suficiente para sufragar todos los gastos durante su estadía en nuestro país: motivo de viaje, objetivos y plazo.

3. Carta de la empresa peruana, en caso el viaje esté ligado a una contraparte nacional específica.

4. Costo del visado: 22,50 euros


Estudiante


Además de los consignados en los requisitos generales, presentarán:

1. Constancia de matrícula expedida por el Centro Educativo con reconocimiento oficial refrendado por la autoridad competente.

2. El extranjero deberá de probar a satisfacción de la autoridad consular la percepción periódica e ininterrumpida de medios económicos para sus sostenimiento. ( estados bancarios, becas, etc)

3. Costo: 11,25 euros

Periodista

Además de los consignados en los requisitos generales, presentarán:

1. Carta del medio acreditando a su corresponsa.

2. Llenar formulario de internamiento de equipo

3. Llenar formulario de acreditación de corresponsal de prensa extranjera

4. El visado es gratuito.


Proceso de acreditación en línea para periodistas que cubrirán la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de America Latina, el Caribe y la Unión Europea (V Cumbre ALC-UE)


Se informa que se ha iniciado el proceso de acreditación en línea de los periodistas que cubrirán la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América Latina, el Caribe y la Unión Europea, el cual vence el próximo 4 de abril.

Este proceso de realizará de manera electrónica, a través del link que aparece en el ítem Acreditación de Prensa, ubicado en la parte superior izquierda de la página web de la V Cumbre (www.vcumbrealcue.org), donde se encuentran todos los requisitos y pasos a seguir para la acreditación.

Cabe señalar que no se aceptará ningún documento por vía externa. El proceso de acreditación culmina una vez que al periodista se le otorgue su credencial.

Asimismo, se indica que toda la prensa sin distinción de si es prensa oficial o privada, debe acreditarse en el mecanismo en línea para contar con el acceso y las facilidades del Centro Internacional de Prensa; y, que en el caso de la prensa oficial que integre las delegaciones oficiales, su acreditación se realizará como delegación.

Religioso

1. Se deberá presentar la documentación consignada en requisitos generales:

2. La expedición de visado de residente-religioso debe ser trámitada desde Perú solicitada en las oficinas de la DIGEMIN.

3. Se deberá tener en cuenta que los visados autorizados por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior del Perú en Lima, tienen un plazo de 6 meses para ser recogidos en este Consulado General.

4. El visado es gratuito.

Artista

1. Se deberá presentar la documentación consignada en requisitos generales:

2. La empresa responsable deberá solicitar la expedición de visado de artista en Perú, en las oficinas de la DIGEMIN.

3. Se deberá tener en cuenta que los visados autorizados por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior del Perú en Lima, tienen un plazo de 6 meses para ser recogidos en este Consulado General.

4. El visado cuesta 37,50 euros


Trabajador Residente

. Se deberá presentar la documentación consignada en requisitos generales:

2. La empresa contratante deberá solicitar la expedición de visado de artista en Perú, en las oficinas de la DIGEMIN.

3. Se deberá tener en cuenta que los visados autorizados por la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior del Perú en Lima, tienen un plazo de 6 meses para ser recogidos en este Consulado General.

4. El visado cuesta 60 euros

Los tipos de visado como RESIDENTE varían según la actividad que el titular vaya a realizar en Perú:

- Rentista/jubilado
- Trabajador
- Profesional
- Estudiante
- Cónyuge de peruano
- Por llamado de familia
- Inversionista


 

 
Consulado General del Perú en Madrid - C/ Cristóbal Bordiú, 49 - 28003 Madrid, España Tel.: (0034) 91 56 29 012 / 022 Fax: (0034) 91 56 29 111

Todos los derechos reservados - Diseño Web Madrid - Diseño Web