RELACIÓN DE PAÍSES QUE NO NECESITAN VISADO
Y QUE NECESITAN VISADO
Consideraciones generales:
1. El Cónsul verifica que el beneficiario de la
visa reúna los requisitos necesarios para ser acreedor
de la misma a través de una entrevista personal,
contrastando la información obtenida con la documentación
solicitada, aplicando el principio de discrecionalidad
reconocidos a los funcionarios consulares (según
el art. 360º del Reglamento Consular).
2. El Cónsul podrá denegar el otorgamiento
de visas consignada en oficios emitidos por DIGEMIN, si
encuentra nuevos elementos o indicios razonables que la
visa y calidad migratoria no corresponde a la real intención
del solicitante o se hubiese obtenido la autorización
con error o fraude a ley.
3. Las visados autorizados
por DIGEMIN, tienen una validez para su recojo de 6 meses,
contados a partir de la fecha
de su recepción, vencido ese plazo no se pueden
expedir las visas, teniendo el interesado que reiniciar
su trámite en la República del Perú.
4. El Consulado General del Perú
en Madrid sólo puede entregar visados a ciudadanos
españoles y a ciudadanos extranjeros que tengan
residencia legal (acreditada con Tarjeta de residencia)
en España y Guinea Ecuatorial.
Requisitos generales
1. Pasaporte vigente.
2. Pasaje o reserva de Ida y Vuelta.
3. Pagar la tarifa consular correspondiente.
4. Formulario de solicitud de visado ·
Llenar formulario de solicitud de visado (llenar en
duplicado)
5. Dos fotos tamaño pasaporte fondo blanco a colores.
6. Entrevista personal en la que se deberá solicitar
información y contrastarla con la documentación
presentada.
7. Certificado negativo de antecedentes policiales.
Requisitos de acuerdo al
tipo de visado:
· TURISTA
· NEGOCIOS
· ESTUDIANTE
· PERIODISTA
· RELIGIOSO
· ARTISTA
· TRABAJADOR RESIDENTE
Turista
Además de los consignados en los requisitos generales,
presentarán:
1. Reserva de hotel o paquete turístico
que evidencie su calidad de Turista.
2. Acreditar solvencia económica que guarde proporción
con el tiempo que soliciten para permanecer en el país
(v.g. tarjeta de crédito internacional vigente
y/o estados bancarios).
3. Costo: 22,50 euros
Importante:
Los súbditos españoles podrán ingresar
al Perú sin necesidad de visado por un periodo
de hasta 90 días prorrogables, mostrando en el
momento de embarcar su pasaporte en vigor y el billete
de salida del Perú.
Se puede pedir una prórroga de
estancia hasta 90 días más (se debe solicitar
cada 30 días cada prórroga, hasta completar
los 90 días). Este trámite se realiza en
la Dirección General de Migraciones del Ministerio
del Interior del Perú en Lima, antes de terminar
el periodo de estancia autorizado. Al respecto cabe mencionar
que, según el Art. 38 de la Ley de Extranjería,
los extranjeros admitidos al país con la calidad
de turista no podrán obtener en el territorio nacional
el cambio de calidad migratoria.
Negocios
Además de los consignados en los requisitos
generales, presentarán:
1. Carta de solvencia económica de la empresa extranjera
a la que representa durante su permanencia en Perú.
2. Carta de la propia empresa o gremio que lo envía
al Perú, (membretada, redactada y/o traducida al
español). LLámese Cámara de Comercio,
asociación empresarial, organismo públicos
o privados, empresa industrial o comercial, preferentemente
inscrita en algún gremio empresarial u organismo
público competente del país de origen, en
la que se
precise el objeto de la visita del extranjero y que cuenta
con respaldo económico suficiente para sufragar
todos los gastos durante su estadía en nuestro
país: motivo de viaje, objetivos y plazo.
3. Carta de la empresa peruana, en caso el viaje esté
ligado a una contraparte nacional específica.
4. Costo del visado: 22,50 euros
Estudiante
Además de los consignados en los requisitos generales,
presentarán:
1. Constancia de matrícula expedida
por el Centro Educativo con reconocimiento oficial refrendado
por la autoridad competente.
2. El extranjero deberá de probar a satisfacción
de la autoridad consular la percepción periódica
e ininterrumpida de medios económicos para sus
sostenimiento. ( estados bancarios, becas, etc)
3. Costo: 11,25 euros
Periodista
Además de los consignados
en los requisitos generales, presentarán:
1. Carta del medio acreditando a su corresponsa.
2.
Llenar formulario de internamiento de equipo
3.
Llenar formulario de acreditación de corresponsal
de prensa extranjera
4. El visado es gratuito.
Proceso de acreditación en línea para periodistas
que cubrirán la V Cumbre de Jefes de Estado y de
Gobierno de America Latina, el Caribe y la Unión
Europea (V Cumbre ALC-UE)
Se informa que se ha iniciado el proceso de acreditación
en línea de los periodistas que cubrirán
la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de América
Latina, el Caribe y la Unión Europea, el cual vence
el próximo 4 de abril.
Este proceso de realizará de manera electrónica,
a través del link que aparece en el ítem
Acreditación de Prensa, ubicado en la parte superior
izquierda de la página web de la V Cumbre (www.vcumbrealcue.org),
donde se encuentran todos los requisitos y pasos a seguir
para la acreditación.
Cabe señalar que no se aceptará ningún
documento por vía externa. El proceso de acreditación
culmina una vez que al periodista se le otorgue su credencial.
Asimismo, se
indica que toda la prensa sin distinción de si
es prensa oficial o privada, debe acreditarse en el mecanismo
en línea para contar con el acceso y las facilidades
del Centro Internacional de Prensa; y, que en
el caso de la prensa oficial que integre las delegaciones
oficiales, su acreditación se realizará
como delegación.
Religioso
1. Se deberá presentar la documentación
consignada en requisitos generales:
2. La expedición de visado de residente-religioso
debe ser trámitada desde Perú solicitada
en las oficinas de la DIGEMIN.
3. Se deberá tener en cuenta que los visados autorizados
por la Dirección General de Migraciones del Ministerio
del Interior del Perú en Lima, tienen un plazo
de 6 meses para ser recogidos en este Consulado General.
4. El visado es gratuito.
Artista
1. Se deberá presentar la documentación
consignada en requisitos generales:
2. La empresa responsable deberá solicitar la expedición
de visado de artista en Perú, en las oficinas de
la DIGEMIN.
3. Se deberá tener en cuenta que los visados autorizados
por la Dirección General de Migraciones del Ministerio
del Interior del Perú en Lima, tienen un plazo
de 6 meses para ser recogidos en este Consulado General.
4. El visado cuesta 37,50 euros
Trabajador Residente
. Se deberá presentar la documentación
consignada en requisitos generales:
2. La empresa contratante deberá solicitar la expedición
de visado de artista en Perú, en las oficinas de
la DIGEMIN.
3. Se deberá tener en cuenta que los visados autorizados
por la Dirección General de Migraciones del Ministerio
del Interior del Perú en Lima, tienen un plazo
de 6 meses para ser recogidos en este Consulado General.
4. El visado cuesta 60 euros
Los tipos de visado como RESIDENTE varían según
la actividad que el titular vaya a realizar en Perú:
- Rentista/jubilado
- Trabajador
- Profesional
- Estudiante
- Cónyuge de peruano
- Por llamado de familia
- Inversionista