REQUISITOS
ZOOSANITARIOS PARA LA IMPORTACION DE MASCOTAS
A fin de evitar contratiempos a continuación
se describe los requisitos zoosanitarios que deberán
cumplir para las personas que deseen viajar con sus mascotas
a Perú:
IMPORTACION DE PERROS Y GATOS DOMESTICOS
REQUISITOS:
1) Haber sido vacunados en los 60 días
previos a la fecha de embarque contra las siguientes enfermedades:
PERROS
a) Enfermedad de carre (Distemper)
b) Hepatitis canina
c) Leptospirosis (Leptospira canícolae icterohaemorrhagie)
d) Parvovirosis (Parvovirus canino) y Corona virosis
e) Rabia (a los animales mayores de 3 meses)
f) Parainfluenza
GATOS
a) Panleucoopenia felina
b) Calicivirosis
c) Rinotraqueitis
d) Leucemia felina
e) Rabia (a los animales mayores de 3 meses)
Se deberá constar en cada caso
la fecha de la inmunización, tipo y marca del producto
utilizado.
2) Haber sido tratados para PARASITOS EXTERNOS E INTERNOS
en los 30 días previos a la fecha de embarque.
3) Haber sido inspeccionados e identificados
en el momento de su embarque por un Médico
Veterinario Oficial, quien lo ha encontrado en condición
normal de salud, sin presentar TUMORACIONES, HERIDAS
FRESCAS o EN PROCESO DE CICATRIZACION, ni signo alguno
de ENFERMEDADES CUARENTENABLES o TRANSMISIBLES o PRESENCIA
DE ECTOPARASITOS.
4) Haber sido colocados en jaulas
o cajas especiales que fueron lavadas y desinfectadas
antes de ser utilizadas.
5) Estos requisitos zoosanitarios, deben
ser remitidos a su proveedor en el país exportador,
a fin de que los certificados zoosanitarios emitidos por
los servicios veterinarios incluyan las exigencias antes
descritas. Cabe señalar, que estos Certificados
deberán estar legalizados por Colegio
de Veterinarios y el Ministerio de Asuntos Exteriores
de España.
IMPORTANTE- En cuanto
al ingreso o importación de felinos domésticos
a Perú, en tanto no se levanten las restricciones
impuestas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria
(SENASA) a la importación e ingreso, a territorio
peruano, de diversas especies animales (entre ellas felinos
domésticos) procedentes de países afectados
con la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EBB),
se agradecerá tener en cuenta lo presente:
- Todos aquellos propietarios de felinos domésticos
que deseen internarlos en territorio peruano deberán
presentar una declaración jurada conforme al modelo
adjunto.
- Además deberán adjuntar un certificado
sanitario expedido por la autoridad sanitaria española
en el que se indique el estado se salud del animal y se
consigne las vacunas aplicadas dependiendo de la edad
así como los tratamientos a los que ha sido sometido,
de ser el caso.
Declaración jurada
Yo ………………..
identificado con ……………………..
de nacionalidad …………………….
con domicilio en el Perú en ………………………….
declaro no haber alimentado a mi mascota (felino
doméstico) de raza ……………….,
edad …………….., sexo
…………………,
color ……………., con
alimentos concentrados, harinas de carne y hueso
y otros de riesgo de transmitir la Encefalopatía
Espongiforme Bovina provenientes de rumiantes. Asimismo
me comprometo a mantener a mi mascota en el domicilio
ubicado en …………………………………
y a informar a la Dirección Desconcentrada
del SENASA que corresponda, cualquier variación
de domicilio o del estado sanitario anormal que
el animal manifieste, así como de la muerte
del mismo.
Lugar ………………….
fecha ………………….
Nombre ……………………………………………
_____________________________________
Firma
|
IMPORTACION DE OTROS ANIMALES
DE COMPAÑIA, COMO AVES, CONEJOS, HURONES, ETC.
El interesado deberá adjuntar la siguiente información:
- Permiso Zoosanitario de Importación-PZI,
el cual debe ser solicitado ante SENASA, previo a la emisión
del Certificado Zoosanitario de Exportación en
el país de procedencia y al embarque del animal.
- Certificado Zoosanitario de Exportación,
emitido por la Autoridad Oficial de Sanidad Animal del
país exportador, cumpliendo con todos los requisitos
zoosanitarios de importación estipulados en el
PZI.
- Además cabe indicar que los animales
a su llegada al país serán sometidos a un
periodo de cuarentena en un lugar autorizado por el SENASA,
para lo cual tendrán que coordinar con antelación
a la llegada de los animales, con la Dirección
de SENASA Lima-Callao al teléfono 313-3306.
- Boleta de pago, según TUPA vigente
por concepto de Inspección, Certificación,
Cuarentena y otros.
Pago igual al anterior.
- A la llegada en el punto de ingreso
al país, el animal será sometido a una inspección
documentaria y física por parte del ICA, de estar
todo conforme, se procederá a emitir el Acta de
Inicio de Cuarentena.
Los requisitos indicados deben presentarse
a la Dirección de Privilegios e Inmunidades en
Nota de Liberación (Formato 7ª) bajo la cuota
anual establecida en el Decreto Legislativo Nº 550,
adjuntando además la Guía Aérea,
Certificado de propiedad del interesado. Todos los requisitos
por triplicado, sellados y legalizados por este Consulado
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